¿Qué son las entidades sin ánimo de lucro?
Se utilizan varias formas para denominar a las organizaciones no lucrativas: Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL), Organizaciones No Gubernamentales (ONG), Entidades No Lucrativas (ENL), etc. Sin embargo, desde el punto de vista jurídico las organizaciones no lucrativas sólo pueden ser de tres tipos: asociaciones, fundaciones y cooperativas sin ánimo de lucro (de iniciativa social).
¿Cuáles son las diferencias entre ellas?
FUNDACIÓN:
Entidad no lucrativa con un fin social.
Características:
- Los resultados de la fundación se deben medir por la actividad directa que desarrolla y por el impacto que provoca en su entorno.
- Compatibiliza la figura de trabajador o trabajadora con el cargo como miembro de la Junta.
- La(s) persona(s) fundadora(s) puede dejar cerrados los fines y los cargos de la Junta de Patronato, pudiendo llegar a ser éstos de carácter vitalicio (más control sobre los fines de la fundación).
- El órgano de gobierno es la Junta de Patronato. Las personas gestoras dan su opinión y presentan balances.
- Es difícil modificar los estatutos. Se tienen que ajustar al fin fundacional.
- Exige una dotación fundacional que acredite la viabilidad del proyecto.
Requisitos de constitución:
- Reunión constituyente.
- Escritura pública.
- Acta fundacional.
- Estatutos.
- Aceptación del cargo por parte de las y los miembros de la Junta.
- Justificación de la aportación efectiva de la dotación inicial.
- Inscripción en el Registro de Fundaciones de la CAV.
- Solicitud de CIF.
Legislación aplicable:
Ley de fundaciones del País Vasco.
ASOCIACIÓN
Agrupación no lucrativa con un fin de cualquier tipo. (Las que tienen fin social pueden pedir declaración de utilidad pública).
Características:
- Los órganos de gobierno son la Asamblea General y la Junta Directiva.
- Compatibiliza la condición de socio, socia o miembro de la Junta Directiva con trabajador o trabajadora en la asociación (con limitaciones en las declaradas de utilidad pública).
- Puede limitarse el acceso por causas justificadas, si se encuentran recogidas en los estatutos.
- Las decisiones se toman democráticamente en la Asamblea General: cada socio y socia un voto.
- Se pueden modificar los fines si se modifican los estatutos.
-No se exige dotación patrimonial específica.
- Reunión constituyente.
- Acta fundacional.
- Estatutos.
- Inscripción en el Registro de Asociaciones de la CAV.
- Solicitud de CIF.
Requisitos de constitución:
- Reunión constituyente.
- Acta fundacional.
- Estatutos.
- Inscripción en el Registro de Asociaciones de la CAV.
- Solicitud de CIF.
Legislación aplicable
Ley de Asociaciones del País Vasco.
COOPERATIVA DE INICIATIVA SOCIAL
Agrupación no lucrativa con un fin de carácter socioeconómico.
Características:
- Compatibiliza la figura del trabajador y la trabajadora con la de representante de la dirección.
- La elección se hace democráticamente entre las personas socias trabajadoras y se puede limitar el número de socios y socias, aunque existe un porcentaje legal al que hay que atenerse.
- Los órganos de gobierno son la Asamblea General y la Junta Directiva.
- Se pueden modificar los fines si se modifican los estatutos.
- Se exige una aportación de capital por cada cooperativista.
Requisitos de constitución:
- Reunión constituyente.
- Escritura pública de constitución.
- Estatutos.
- Inscripción en el registro de cooperativas.
- Solicitud de CIF.
Legislación aplicable
Ley de cooperativas del País Vasco.